Política de Financiamiento y Pago Recurrente (SaaS) .

SOFTWARE Y SERVICIOS INFORMÁTICOS S.A.S. (SYSplus).

Última actualización: Junio de 2026.

La presente Política de Financiamiento regula las condiciones, responsabilidades y procedimientos bajo los cuales EL PROVEEDOR otorga al CLIENTE la posibilidad de diferir o financiar el pago de las suscripciones (mensuales o anuales) y servicios del software bajo el modelo SaaS, mediante la modalidad de cargo automático y recurrente a tarjetas de crédito.

1. Mecanismo de Financiamiento y Recaudo Automático.

Para facilitar el acceso a las soluciones tecnológicas sin afectar el flujo de caja de EL CLIENTE, EL PROVEEDOR no actúa como entidad financiera directa, sino que habilita la financiación de las suscripciones a través de la asociación de tarjetas de crédito (Visa, Mastercard, American Express, entre otras) autorizadas en el territorio nacional.

A. Suscripción en Cuotas: El valor total del plan seleccionado (ya sea anualizado o mensual recurrente) será diferido al número de cuotas que EL CLIENTE determine directamente con su entidad franquiciadora o mediante los ciclos de cobro pactados en la propuesta comercial.

B. Débito Automático Obligatorio: Al optar por este modelo de financiamiento, EL CLIENTE autoriza de manera expresa, previa e irrevocable al PROVEEDOR (o a su pasarela de pagos delegada) para realizar el cobro automático de forma mensual (o en el periodo de tiempo "XX" explícitamente pactado en la cotización) sobre la tarjeta de crédito inscrita por el usuario.

2. Condiciones de Operación y Fechas de Corte.

A. Ciclos de Facturación: Los débitos automáticos se ejecutarán de manera anticipada dentro de los primeros cinco (5) días calendario de cada ciclo de facturación, o en la fecha exacta de corte especificada en la activación del servicio.

B. Obligación de Actualización de Datos: Es responsabilidad exclusiva de EL CLIENTE garantizar que la tarjeta de crédito asociada cuente con el cupo disponible suficiente y que se encuentre vigente. En caso de cambio de plástico por pérdida, robo, vencimiento o cambio de franquicia bancaria, EL CLIENTE deberá notificar al PROVEEDOR y actualizar los datos de pago con un mínimo de cinco (5) días hábiles de anticipación a la fecha del próximo cobro.

3. Consecuencias por Fallos en el Débito (Mora o Rechazo).

En el evento en que la pasarela de pagos reporte un rechazo en el débito automático (por fondos insuficientes, tarjeta bloqueada, vencida o reporte de fraude), se procederá bajo las siguientes reglas:

A. Notificación de Alerta: El sistema emitirá una notificación automática al correo registrado de EL CLIENTE, otorgando un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas para subsanar el estado de la cuenta o asociar un nuevo método de pago.

B. Suspensión Temporal del Servicio: Si transcurridas setenta y dos (72) horas calendario desde la fecha de corte el pago no se ha hecho efectivo, EL PROVEEDOR suspenderá de manera automática el acceso a la plataforma SaaS y el licenciamiento, sin que esto exima a EL CLIENTE del pago de los saldos adeudados.

C. Intereses de Mora: Todo saldo pendiente que no sea recaudado en las fechas pactadas devengará el interés moratorio máximo legal admitido en Colombia de acuerdo con el Código de Comercio.

4. Permanencia y Condiciones de Terminación Anticipada.

El valor total del plan seleccionado por EL CLIENTE corresponde a una anualidad o periodo determinado, cuyo pago ha sido financiado y diferido por EL PROVEEDOR en cuotas recurrentes periódicas bajo la condición de que EL CLIENTE mantenga el servicio activo durante la totalidad de la vigencia inicial pactada.

Si EL CLIENTE decide dar por terminado el contrato de manera anticipada, unilateral y sin justa causa comprobada antes del vencimiento del plazo de financiamiento contratado, se dará por extinguido el beneficio del plazo diferido. En consecuencia, EL CLIENTE se obliga a pagar a EL PROVEEDOR, a título de pena pecuniaria (Cláusula Penal) por incumplimiento del esquema de financiamiento, una suma equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor total del saldo pendiente por el resto del periodo financiado.

PARÁGRAFO: AUTORIZACIÓN DE COBRO AUTOMÁTICO DEL SALDO FINANCIADO. En virtud de la aceptación de esta política de financiamiento, EL CLIENTE otorga su consentimiento expreso, previo e irrevocable para que EL PROVEEDOR (o su pasarela de pagos delegada) realice el cargo definitivo y cobro automático del valor de la sanción mencionada a la tarjeta de crédito o medio de pago registrado en el sistema, para lo cual bastará el envío de la liquidación del saldo al correo electrónico reportado por el usuario.